CÁPSULA DE INFORMACIÓN JURÍDICA


 

¿ES REQUISITO QUE LOS EDILES EN UN AYUNTAMIENTO VERACRUZANO SEPAN LEER Y ESCRIBIR?


C O A T E P E C 


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Juan Osorio Flores 

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Luego que ha surgido el comentario en cafés y pasillos de Palacios Municipales EN LA REGIÓN DE COATEPEC, que aseguran que dentro de Cuerpos Edilicios hay representantes QUE NO SABEN LEER Y ESCRIBIR, surge la pregunta sobre sí existe o no alguna legislación al respecto.


La respuesta es SÍ,, saber leer y escribir es un requisito obligatorio por ley para ocupar el cargo de edil (Presidente Municipal, Síndico o Regidor) en el estado de Veracruz.


Esta obligación se fundamenta de forma directa en las leyes locales del estado:


El Marco Jurídico Vigente se plasma en la Constitución Política del Estado de Veracruz, concretamente en El Artículo 69, fracción IV que establece explícitamente que para ser edil se requiere "Saber leer y escribir...". 


Esto se complementa con la exigencia de estar en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos y no contar con antecedentes penales por delitos dolosos.


Por su parte La Ley Orgánica del Municipio Libre de Veracruz ratifica e integra estas mismas condiciones constitucionales para cualquier persona que aspire a integrar un Ayuntamiento.


Sobre el tema, La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha analizado estas restricciones en la legislación veracruzana, concluyendo que el requisito de saber leer y escribir para ejercer cargos de administración municipal es razonable, constitucional y no discriminatorio. 


Esto se debe a que las funciones del cargo (como la firma de actas, la revisión de presupuestos o la expedición de reglamentos) exigen indispensablemente la lectoescritura para garantizar una gestión pública adecuada.


FOTO:: SOLAMENTE ILUSTRATIVA//ARCHIVO

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